INSTITUTO SAN LUCAS

El Reglamento interno del IES San Lucas, en cuanto a convalidaciones indica:

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Artículo 24°. Convalidaciones
24.1  La convalidación es el proceso mediante el cual los IES San Lucas, puede reconocer las capacidades adquiridas por una persona en el ámbito educativo o laboral. El proceso de convalidación reconoce una o más unidades didácticas o módulos formativos y permite la continuidad de los estudios respecto a un determinado plan de estudios. El proceso a seguir es el siguiente:
-       Ser admitido por el IES San Lucas
-       Solicitud dirigida al Director General.
-       El jefe de unidad académica (quien lo preside) y los jefes de los programas de estudio correspondiente, conforman la comisión permanente de convalidación, los mismos que luego del              análisis correspondiente, emitirán un informe técnico de convalidación, en concordancia con la normativa.
-       La Dirección General, resolverá mediante acto resolutivo.
-     Cualquier cambio o modificación que diera lugar el proceso de convalidación, la comisión deberá emitir un nuevo informe en la que manifieste los cambios a realizar al informe emitido              anteriormente; el mismo que dará origen a un nuevo acto resolutivo. 

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24.2 Consideraciones mínimas para el proceso de convalidación
El proceso de convalidación se realizará de acuerdo a las siguientes consideraciones mínimas:
a)  Respecto a convalidación entre planes de estudios:
-        Para realizar las convalidaciones en esta modalidad, deberá tener en cuenta que las unidades didácticas (UD) constituyen las unidades académicas mínimas para la convalidación y deben            estar aprobadas.
-        El IES San Lucas, realizará un análisis comparativo de las unidades didácticas (UD) de ambos planes de estudio, apoyándose en los sílabos del programa de estudios, para lo cual éstos                    deben estar fedateados por la institución de origen.
-        La unidad didáctica (UD) contrastada para la convalidación, deben tener como mínimo el 80% de contenidos similares y ser del mismo nivel de complejidad.
-        La unidad didáctica (UD) convalidada se le asignará el creditaje de acuerdo al plan de estudio de la institución dónde continuará los estudios.
-        En todos los casos, las convalidaciones deben ser registradas por la Institución, la cual emitirá una Resolución Directoral consignando, como mínimo, los datos del estudiante, las unidades          didácticas o unidades de competencia convalidadas y la justificación correspondiente. Asimismo, se debe consignar la ruta formativa complementaria.